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(*)Este beneficio aplica para clientes Santander con paquete Infinity Platinum o Black.
Se informa que el presente sistema de colocación de cuotapartes por internet cumple con lo dispuesto por la Resolución General N° 682/2016 de la C.N.V.
Las operaciones son cursadas en Bolsas y Mercados Argentinos (BYMA)- por Banco Santander S.A. en su carácter de Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral N° 72-inscripto en la Comisión Nacional de Valores. Esta Web no proporciona ningún tipo de recomendación de inversión, ni asesoramiento legal, fiscal, ni de otra clase, y nada de lo que en ella se incluye debe ser tomado como base para realizar inversiones o tomar decisiones. Asimismo, la información contenida en esta Web se publica para su utilización general y no tiene en cuenta objetivos específicos de inversión, situación financiera o necesidades particulares de cualquier persona. Bajo ninguna circunstancia, estos contenidos, deben utilizarse ni considerarse como oferta de venta, solicitud de una oferta de compra ni recomendación para realizar inversiones. Antes de decidir sobre cualquier inversión, usted debe obtener el asesoramiento profesional adecuado y específico. Cualquier decisión de compra, debe adoptarse teniendo en cuenta la información pública existente sobre el valor, y en su caso, atendiendo al contenido del folleto registrado en la CNV (http://www.cnv.gob.ar). No obstante ello y con criterio orientativo, Banco Santander pone a su disposición y recomienda la realización del Test del Inversor con el objeto de que conozca su perfil de inversor, ya que sólo el inversor puede determinar cuáles son las inversiones adecuadas para sí. Asimismo advierte que las inversiones puestas a disposición en esta web pueden resultar inadecuadas si no coinciden con sus objetivos específicos de inversión y su posición financiera y que la contratación que realice la hará por su propia iniciativa.
Se informa a los clientes que mantengan una subcuenta comitente que, de acuerdo a lo establecido por la Resolución General 564/2010 de la Comisión Nacional de Valores, tienen la opción que las Cajas de Valores le brinden acceso en línea a su estado de cuenta por medios electrónicos con información mínima del detalle, clase y especie de los valores negociables, otros instrumentos que se encuentren en depósito, movimientos, saldos, bloqueos producidos como consecuencia de la emisión de certificados para asistencia a asambleas, indicando cantidad de valores negociables, clase y emisor afectado. Esta información electrónica contendrá una leyenda para que en el caso de disconformidad con los saldos del estado de cuenta, el cliente pueda formular el reclamo ante la Entidad Autorregulada que supervise al depositante. Incorporado al sistema de consultas en línea, el cliente podrá optar por no recibir el resumen trimestral en papel. Más información sobre el sistema proporcionado por la Caja de Valores S.A. podrá encontrarse en http://www.cajval.sba.com.ar.
Banco Santander S.A, en su calidad de depositante podrá traspasar las tenencias en custodia de sus comitentes en el depósito colectivo para su anotación en el libro de registro de la emisora que corresponda, conservando el titular de la subcuenta comitente la propiedad de las tenencias objeto del traspaso. El depositante podrá aplicar este procedimiento cuando el resumen trimestral en papel sea devuelto a la respectiva Caja de Valores por cualquier circunstancia y la subcuenta comitente haya sido y permanecido bloqueada por UN (1) año sin que el/los titulares hayan realizado las gestiones pertinentes ante la Caja de Valores S.A. para regularizar el bloqueo.
Los depósitos en pesos y en moneda extranjera cuentan con la garantía de hasta $ 450.000.- En las operaciones a nombre de dos o más personas, la garantía se prorrateará entre sus titulares. En ningún caso, el total de la garantía por persona y por depósito, podrá exceder de $ 450.000.-, cualquiera sea el número de cuentas y/o depósitos. Ley 24.485, Decreto 540/95 y Com."A" 2337 y sus modificatorias y complementarias. Se encuentran excluídos los captados a tasas superiores a la de la referencia, los que hayan contado con incentivos o retribuciones especiales diferentes de la tasa de interés, los adquiridos por endoso y los efectuados por personas vinculadas a la entidad financiera.
Las inversiones en cuotapartes de fondos no constituyen depósitos en Banco Santander S.A a los fines de la ley de entidades financieras ni cuentan con ninguna de las garantías que tales depósitos a la vista o a plazo puedan gozar de acuerdo a la legislación y reglamentación aplicables en materia de depósitos en entidades financieras. Asimismo, Banco Santander S.A se encuentra impedido por normas del Banco Central de la República Argentina a asumir tácita o expresamente compromiso alguno en cuanto al mantenimiento en cualquier momento del valor del capital inicial invertido, al rendimiento, al valor de rescate de las cuotapartes o del otorgamiento de la liquidez a tal fin.
Se hace saber al público inversor, que ciertas compañías locales y extranjeras ofrecen servicios en diversos medios de comunicación, sobre productos como bonos, acciones, contratos de futuros y opciones, fideicomisos, fondos de inversión, sin contar con la autorización correspondiente de la Comisión Nacional de Valores. Los ofrecimientos realizados a inversores locales desde el extranjero que permitan operar a través de plataformas informáticas o páginas de Internet, representan un alto riesgo para el público inversor. Por ello, se advierte sobre los elevados riesgos de pérdida de capital que potencialmente podría acarrear efectuar inversiones a través de entidades no autorizadas, y las consecuencias que puede traer aparejada la infracción a Ley N° 26.831 de Oferta Pública. Si desea conocer la lista de Agentes registrados en esta Comisión Nacional de Valores, haga click aquí.